La motivación de los laudos no está prevista en la Constitución ni se integra en un derecho fundamental ( art. 24 CE), sino que es una obligación de configuración legal de la que bien podría prescindir el legislador sin alterar la naturaleza del sistema arbitral (STSJ Madrid CP 1ª 13 julio 2022)
La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Civil y Penal, Sección Primera, de 13 de julio de 2022, recurso nº