La apreciación de oficio de la falta de jurisdicción no cabe en el caso de sometimiento a arbitraje, pues el art. 38 LEC sólo la establece en el caso de falta de competencia internacional, o de jurisdicción por pertenecer el asunto a otro orden jurisdiccional (SAP Madrid 11ª 10 febrero 2022)
La Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Decimoprimera, de 10 de febrero de 2022 (ponente: Silvia Abella Maeso) confirma la decisión de instancia